REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)

Maracay, doce (12) de febrero del año 2015

EXPEDIENTE Nº 2015-0361.

Vista la presente recusación planteada por el ciudadano Wilmer Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº V-9.431.879, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 193.994, actuando en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano Fructuoso Garay Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.132.825, contra el Abg. Luís Abreu Guerrero Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en la causa Nº 2014-0078 (nomenclatura particular de ese Juzgado), este Juzgado Superior Agrario tomando en cuenta que para sustanciar el presente expediente se debe conocer los lapsos procesales ya fenecidos y el estado procesal en que se halla esa causa desde su inicio hasta la presente fecha, se acuerda oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua a los fines de que remita cómputo desde la admisión de la demanda, exclusive, hasta la presente fecha, inclusive y estatus procesal . Líbrese oficio.
EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El SECRETARIO

ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO


EXP. - JSAAC- 2015-0361
HBC/Dss/mn