REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 12 de Febrero de 2.015.
204º y 155º

Visto el oficio N° 00001582, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la Republica y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 30 de Octubre de 2014, tal como se evidencia en el folio doscientos treinta y cuatro (234) del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia en el presente asunto que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto del 03 de Octubre de 2014; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,

LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.

La Secretaria,

MARIA LUISA VELANDIA.




Exp. N° 0160-2013
LJM/mlv/yolbis.-