REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 23 de Febrero de 2015.-
Años 204° y 155°
Vista la anterior diligencia presentada por el abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL FIGUEROA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.697, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana IDALIA EUGENIA DELGADO ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.178.211, mediante la cual solicito la ejecución de la sentencia, este Tribunal lo acuerda. En consecuencia, definitivamente firme como ha quedado en la sentencia de fecha 20 de octubre de 2014, en la cual se HOMOLOGÓ la solicitud de PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, requerida por los ciudadanos IDALIA EUGENIA DELGADO ESPAÑA y FREDDY ENRIQUE ARRIVILLAGA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-3.178.211 y V-2.132.687, respectivamente, SE DECRETA SU EJECUCIÓN. De igual manera, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requieran los solicitantes, con inclusión del presente auto y la diligencia que las solicita que riela al folio 39. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ.
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA.
LA SECRETARIA.
ARELIS FALCON.
En esta misma fecha se solicitan fotostátos para proveer.
LA SECRETARIA.
ARELIS FALCON.
EXP. AP31-S-2014-006056
MCGH/AF/Richard
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