REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 24 de Febrero de 2015.-
Años 204° y 156°

Vista la diligencia que antecede presentada por la abogada en ejercicio OLGA JANET DULCEY DÍAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.260, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIMAR SUHAIL OLIVEROS GRATEROL venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad NºV-12.688.525, mediante la cual solicitó la ejecución de la sentencia, este Tribunal lo acuerda. Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 30 de enero de 2015, en donde se declaró Con Lugar la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 166, requerida por la ciudadana ELIMAR SUHAIL OLIVEROS GRATEROL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro V-12.688.525, se decreta su ejecución. En consecuencia, de acuerdo a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requiera la solicitante, con inclusión del presente auto y de la diligencia que la solicita, y remítase lo correspondiente con oficio a las autoridades civiles competentes de conformidad con lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, una vez sean consignados lo fotostatos respectivos.
LA JUEZ,

MARIA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCON
En esta misma fecha se requieren fotostatos de la diligencia que la solicita y del presente auto para proveer.
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCON
Exp. AP31-S-2014-004784
MCGH/AF/richard