REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 24 días del mes de Febrero del año dos mil quince (2015).
Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación

Vista la diligencia que antecede presentada por la ciudadana ALICIA ALVARADO, en su carácter de apoderada judicial de la solicitante, y por cuanto en fecha 15 de enero de 2015 se dictó auto mediante el cual se declaró terminado y se ordenó el archivo judicial del expediente y siendo que el mismo se encuentra en fase de sustanciación, es por lo que este Tribunal actuando en conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, REVOCA el mencionado auto. Cúmplase.
LA JUEZ

MARÍA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA
LA SECRETARIA

ARELIS FALCÓN

MCGH/AF/Lois.
AP31-S-2014-008817