REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN
EL ESTADO CARABOBO
(205° y 156°)
Maracay, veintiocho (28) de julio del año 2015
EXP.- JSAAC- 2011-0070
Con vista a la consignación de los edictos presentados por los abogados Gustavo Grau Fortoul, Miguel José Mónaco Gómez y Andrés Clemente Ortega Serrano, venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad, números V-6.687.497, V-11.262.974 y V-16.461.580, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 35.522, 58.461 y 130.596 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Alonso José Valladares Branger, Fernando José Valladares Branger y Eduardo José Valladares Branger, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad números V-3.972.480, V-5.564.739 y 634.042 respectivamente; en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso, se ordenan oficiar a la coordinación de la Defensa Publica del estado Aragua a los fines de que designe un Defensor Publico Agrario para que ejerza la representación de los herederos desconocidos en el expediente signado con el numero 2011-0070 (nomenclatura interna de este Juzgado), todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 232 del Código de Procedimiento Civil; asimismo, se ordena oficiar al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes a los fines de que remita a la brevedad posible computo de los días de despacho transcurridos en los lapsos comprendidos entre el veinticuatro (24) de marzo hasta el veinticuatro (24) de septiembre del año 2010 ambas fechas inclusive, a los fines de constatar la etapa procesal. Cúmplase
EL JUEZ
ABG. HECTOR A. BENITEZ CAÑAS
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LIBIS ALVAREZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron los oficios correspondientes.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LIBIS ALVAREZ
Exp.-JSAAC.- 2011-0070
HBC/la/jb