REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, uno de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: DP11-L-2013-000315

PARTE ACTORA: ciudadano RENÉ RAFAEL RONDÓN CLEMENTE, cédula de identidad N° V-14.104.166.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KARINA CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.679.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo IGO INVERSIONES C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CLEMEN CAROLINA APONTE FIGUERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.679.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.



En el día de hoy, 1 de julio del 2015, siendo las 2:30 de la tarde, comparecen la ciudadana KARINA CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.679, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RENÉ RAFAEL RONDÓN CLEMENTE, cédula de identidad N° V-14.104.166, tal como se evidencia del instrumento poder inserto al folio 42 de la pieza denominada 2 de 2 del expediente y por la parte demandada comparece la abogada CLEMEN CAROLINA APONTE FIGUERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.679, como consta en Poder que corre inserto a los folios 129 al 131 y 146 al 148, pieza 1 del expediente. En este estado las partes solicitan celebrar acto conciliatorio en etapa de ejecución de sentencia, al respecto vista la cualidad de las partes esta rectora acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En razón de ello, la apoderada judicial de la entidad de trabajo entrega en este acto un cheque de gerencia signado con el No14005141, código cuenta cliente 01710014962120210014 por la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs.135.674,19) a nombre de RENÉ RAFAEL RONDÓN. Igualmente la entidad de trabajo entrega en este acto cheque signado con el No.14005141 y código cuenta cliente 01710014962120210014 al experto contable ciudadano IWAN SOLOVEY, por concepto de sus emolumentos por la experticia realizada en el presente asunto, por cantidad de Bs.135.674,19, quien lo recibe a su entera satisfacción, se anexan copias de los instrumentos mercantiles. La apoderada judicial de la parte actora, recibe el cheque antes identificado, manifiesta que lo recibe a su satisfacción.