REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, diecisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: DP11-L-2015-000187

PARTE ACTORA: ciudadano VICTOR JOSE PACHECO HERRERA, cédula de identidad No.7.259.770.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RAQUEL ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.149.573.

PARTE DEMANDADA: ZOOM INTERNACIONAL SERVICES C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DELIBET MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.62.704.

MOTIVO: Desmejora salarial.

En el día hábil de hoy viernes en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, siendo anunciada por el alguacil Ronal Quintero, esta rectora hace constar que no se presento la parte actora ciudadano VICTOR JOSE PACHECO HERRERA, cédula de identidad No.7.259.770, ni apoderado judicial. Compareció la abogada DELIBET MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.62.704, en su carácter de apoderada judicial de la entidad de trabajo ZOOM INTERNACIONAL SERVICES C.A, tal como se evidencia del instrumento poder que consigna en este acto en copia.

Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”