En el día de hoy 14 de Julio de 2015, siendo las 11:00 a.m., previa solicitud de ambas partes de anticipar la audiencia preliminar, manifestado que renuncian a los lapsos de ley a los fines de la celebración de este acto; lo que es acordado por la ciudadana Jueza. Así mismo se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona del ciudadano LUIS GUILLERMO HERNANDEZ ORTEGA, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.125.594, quien viene asistido de la profesional de la Abogacía ANA DE LA CRUZ RANGEL DELGADO, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.128.266, Inpreabogado Nro. 85.688; y por la parte demandada la Entidad de Trabajo “SAVIRAM, C.A.”, comparece la Apoderada Judicial Abogado/a PEGGY ARIADNA SIMOZA PACHECO, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.218.638, Inpreabogado Nro. 48.879, facultad que consta en copia simple del Poder Judicial que consigna en dos (02) folios útiles, previa presentación del original a modo videndi, el cual se agrega a la presente acta. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada la Entidad de Trabajo “SAVIRAM, C.A.”, con el propósito de poner fin a éste asunto, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de SEISCIENTOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON 76/100 CENTIMOS (Bs.600.595,76), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque signado con el Nro.78391266, por la cantidad mediada; fechado 30/6/2015, elaborado a nombre del Trabajador LUIS GUILLERMO HERNANDEZ ORTEGA, girado contra la cuenta de la Demandada Nro. 0105 0077 05 1077203160, del Banco Mercantil, Banco Universal. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Prestaciones Sociales, y los intereses sobre las mismas, los días adicionales de la antigüedad, vacaciones y Bono Vacacional del año 2015, utilidades del año 2015, Indemnización por terminación de la relación laboral por retiro voluntario. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y/o asesorado por su Abogada identificado supra, es interrogado por la ciudadana Jueza, en los siguientes términos: ¡Si sabe y está conforme con el monto aquí mediado y si la aceptación del acuerdo plasmado en esta acta lo hace libre y espontáneamente sin constreñimiento alguno? A lo que responde que: “Si sabe y conoce lo que está aceptando en este acto pues se trata del Pago de las Prestaciones Sociales, demás beneficios inherentes de la relación laboral y las Indemnizaciones por retiro voluntario; y además agrega que lo hace de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada con este pago no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.