ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2014-001128
PARTE ACTORA: JORGE LUIS ORDOÑES Y OTROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 22.710.847, asistidos del Abogado, MARLIN CAMPOS, Inpreabogado N° 59.279.
PARTE DEMANDADA: AZIMUT SERVICIOS Y OTROS, C.A..-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado, FERNANDO CHACIN, Inpreabogado N° 76.783.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 16 de junio de 2015, siendo la oportunidad para que tenga lugar EL INICIO de la audiencia Preliminar, comparecieron los ciudadanos JESUS TOCUYO y JORGE LUIS ORDOÑES, asistido de la abogado MARLIN CAMPOS, también compareció el abogado HENRY BORGES, apoderado judicial del demandado, quien presentó copia del poder. Por una parte, la parte accionante solicita que le cancele la cantidad de Bs. 37.720,29, por concepto de prestaciones sociales, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en pagar de cantidad de Bs. 16.361,16, pagaderos de la siguiente manera: Para el ciudadano JORGE LUIS ORDOÑES, la cantidad de Bs. 10.541,90 para el día de hoy mediante cheque del Banco Banesco, cuenta corriente N° 0134-1057-75-000488, cheque N° 34020717 por la cantidad de Bs. 10.541,90. Para el ciudadano JESUS TOCUYO, la cantidad de Bs. 5.819,26 para el día de hoy mediante cheque del Banco Banesco, cuenta corriente N° 0134-1057-75-000488, cheque N° 23020718 por la cantidad de Bs. 5.819,26. Los accionantes manifiestan que aceptan el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
Abog. MARILEUDIS GALLARDO

LAS PARTES COMPARECIENTES, EL SECRETARIO (A),