REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Junio de 2015.
205º y 156º
ASUNTO: AP41-U-2014-000354. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 71/2015.-
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico ejercido en fecha veinticuatro (24) de Mayo de 2012, ante la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por la ciudadana Marisela De Nobrega, titular de la cédula de identidad Nº 7.284.990, actuando en su carácter de vicepresidente de la contribuyente “INVERSIONES G.D.N., C.A.”, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha diecisiete (17) de Marzo de 2004, bajo el Nº 70, folios 151 al 157, tomo 2do de 1985 e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-31125687-3, asistida por la ciudadana Carlina Mota Ruíz, titular de la cédula de identidad Nº 4.394.630 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 53.779, contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RLL/DJT/RJ/2013-SL-000015 de fecha once (11) de Marzo de 2013, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Llanos del SENIAT, mediante la cual se declaró SIN LUGAR dicho Recurso Jerárquico contra la Resolución de Imposición de Sanción Nº SNAT/INTI/GRTI/RLL/SSJM/AF/2011/ISLR/IVA/ VDF/00458/2012/00109 de fecha diecisiete (17) de Febrero de 2012, emanada de la Gerencia Regional de Tributos internos Sector San Juan de Los Morros de la Región Los Llanos del SENIAT, confirmándose en consecuencia dicha Resolución, originando las Planillas de Liquidación por los conceptos y montos que se detallan a continuación:
Periodo Planilla de Liquidación Nº Fecha Multas
U.T.
Diciembre 2011 023001227001366 20-03-2012 5,00
Enero 2010 023001227001367 20-03-2012 10,00
Febrero 2010 023001227001368 20-03-2012 10,00
Marzo 2010 023001227001369 20-03-2012 10,00
Abril 2010 023001227001370 20-03-2012 10,00
Mayo 2010 023001227001371 20-03-2012 10,00
Junio 2010 023001227001372 20-03-2012 10,00
Julio 2010 023001227001373 20-03-2012 10,00
Agosto 2010 023001227001374 20-03-2012 10,00
Septiembre 2010 023001227001375 20-03-2012 10,00
Octubre 2010 023001227001376 20-03-2012 10,00
Noviembre 2010 023001227001377 20-03-2012 10,00
Mayo 2011 023001227001378 20-03-2012 10,00
Diciembre 2011 023001227001379 20-03-2012 15,00
Septiembre 2011 023001225000140 20-03-2012 37,50
Diciembre 2011 023001231000026 20-03-2012 12,50
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario de 2001 en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, aplicable ratione temporis, actualmente artículos 266, 267, 268, 269 y 273, del Decreto Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario vigente a saber se trata de acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Admite dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 274 y siguientes del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario vigente, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria.
Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese Boleta de Notificación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de Junio del año dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-
El Juez,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,
Dorelys Dayarí Blanco Malavé.
GAFR/Dbm/bárbara.
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