REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, quince (15) de junio de dos mil quince (2015).

205° y 156°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado WILLIAM GUSTAVO URIBE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.049, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MORELVA DEL VALLE LA ROSA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.950.141, en la querella funcionarial interpuesta contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación se admiten las pruebas promovidas en el mencionado escrito cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
A los fines de la evacuación de la prueba de testimoniales promovida en su escrito, se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy, para que las ciudadanas MARIA DE JESÚS LEÓN e IRLANDA MARGARITA RODRÍGUEZ GARCIA, titulares de la Cédula de Identidad Nos 7.991.460 y 5.090.923, respectivamente, comparezcan a las horas 09:30 a.m. y 10:00 a.m., respectivamente, a fin de rendir sus declaraciones.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. ELEAZAR ALBERTO GUEVARA

EL SECRETARIO,

Abg. LUÍS ARMANDO SÁNCHEZ



Exp. No. 007546
Abraham