REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 16 de junio de 2015
205° y 156°

PARTE DEMANDANTE: Ciudadanos PEDRO FABRICIO PESCOSO CANELÓN y JOSEFINA DÍAZ LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.959.773 y V-6.100.914 respectivamente y de este domicilio.
Apoderada judicial: Abogada Elsa María Sánchez Murcia, Inpreabogado 187.945.

PARTE DEMANDADA: Ciudadana MARIBEL DEL CARMEN MARTÍNEZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad V-10.112.067 y de este domicilio.
Abogada asistente: Abogada Aris Elizabeth Segovia Meneces, Inpreabogado 151.407.

MOTIVO: PARTICIÓN

EXPEDIENTE: 14.989

Vista la TRANSACCIÓN JUDICIAL que antecede celebrada en fecha 11 de junio de 2015 entre la abogada Elsa María Sánchez Murcia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.053.670, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 187.945, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos Pedro Fabricio Pescoso Canelón y Josefina Díaz Lara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.959.773 y V-6.100.914 respectivamente y de este domicilio, quienes son parte demandante; y la ciudadana Maribel Del Carmen Martínez García, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad V-10.112.067 y de este domicilio, validamente asistida de abogado, parte demandada en la presente causa; así como el pedimento contenido en ella, este Tribunal le imparte su homologación conforme a los términos en que fue pactada, con fundamento en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez quede firme la presente decisión interlocutoria con fuerza de definitiva, ordenará levantar las medidas cautelares que fueron decretada por este Tribunal. Así se declara.
EL JUEZ TITULAR


ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA EL………..............................
……………………SECRETARIO


ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ


RCP/AH/FID
EXP: 14.989