REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, once (11) de Junio de dos mil quince (2015).
204° y 156°
Vista la sentencia dictada en fecha 07 de Mayo de 2008 en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto el ciudadano Máximo José Ceballos Delgado, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.869.045, debidamente asistido en ese acto por el ciudadano Diego Magin Obregón , abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 56.260, contra el Alcalde del Municipio Camatagua Estado Aragua, en el cual se declaró Consumada la Perención y Extinguida la Instancia, en consecuencia, Este Tribunal ordena la práctica por Secretaría, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el articulo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 02 de Junio de 2015 (exclusive) fecha en la cual consta en autos la notificación realizada al ciudadano Máximo José Ceballos Delgado, y/o sus Apoderados Judiciales, hasta el 10 de Junio (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA.
ABOG. SLEYDIN REYES
Quien suscribe, LA SECRETARIA ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 02 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 10 de Junio de 2015 (inclusive), a saber los días 3, 4, 8, 9 y 10 de Junio de 2015
LA SECRETARIA.
ABOG. SLEYDIN REYES.-
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el 02 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 10 de Junio de 2015 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 07 de Mayo de 2008 este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA.
ABOG. SLEIDIN REYES
Exp. No. DE01-G-2005-000071
Numeración Antigua 7353
MGS/SR/Mg.