REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, once (11) de Junio de dos mil quince (2015).
204° y 156°

Vista la sentencia dictada en fecha 20 de Mayo de 2015, en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Ángel Aníbal Velásquez Hernández , titular de la cedula de identidad Nº V- 17.657.061, actuando en este acto en representación y nombre propio, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 217.995 contra la Alcaldía del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en el cual se declaró INADMISIBILIDAD POR CADUCIDAD , en consecuencia, Este Tribunal ordena la práctica por Secretaría, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el articulo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 01 de Junio de 2015 (exclusive) fecha en la cual consta en autos la notificación realizada al ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua hasta el 09 de Junio (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA.

ABOG. SLEYDIN REYES
Quien suscribe, LA SECRETARIA ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 01 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 09 de Junio de 2015 (inclusive), a saber los días 2, 3, 4, 8 y 9 de Junio de 2015

LA SECRETARIA.

ABOG. SLEYDIN REYES.-
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el 01 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 09 de junio de 2015 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 20 de Mayo de 2015 este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.


LA SECRETARIA.

ABOG. SLEYDIN REYES

Exp. No. DP02-G-2014-000061
MGS/SR/Mg.