REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY.
Maracay, 25 de junio de dos mil Quince (2015).
205° y 156°

Vista la diligencia estampada en esta misma fecha por la Abogada Kelys Alcalá, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.192, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita se reenvié al Tribunal Comisionado a los fines de subsanar el error dado que el Oficio del Procurador General de la República no se corresponde con el consignado en la presente causa; asimismo solicita se designen correo especial al ciudadano ALEX EMIGDIO ESCALONA CASTILLO; ahora bien, revisado como ha sido el Oficio N° 313/2015, constante de trece (13) folios útiles, contentivo de las actas que conforman la Comisión N° AP11-C-2015-000170, proveniente del Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observando este Juzgado que por error involuntario del mencionado Tribunal, agregó a dicha Comisión el Oficio signado con el número JSCA-FAL-000073-2015, dirigido al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, correspondiente a una causa que se sigue por ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón; en consecuencia, este Tribunal Superior ordena el desglose del Oficio signado con el número JSCA-FAL-000073-2015, dirigido al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela y la diligencia suscrita por el Alguacil del mencionado Tribunal, los cuales se encuentran agregados en la comisión cursante a la pieza principal del presente expediente y devolverlo al Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante Oficio que se ordena librar, a los fines de que el mismo subsane el error cometido y proceda a realizar la citación del ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el número 56/2015, correspondiente a la causa seguida por el ciudadano ALEX EMIGDIO ESCALONA CASTILLO contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto contra el Acto Administrativo emanado de la Dirección de Servicios Estudiantiles de la Universidad Central de Venezuela. Asimismo se designa como correo especial al ciudadano ALEX EMIGDIO ESCALONA CASTILLO. Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,


DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA.


ABOG. SLEYDIN REYES.

DP02-G-2015-000006
MGS/SR/mr