REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintiséis de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: DP11-L-2015-000489

PARTE ACTORA: ciudadano ALBERTO FERMIN SANCHEZ PUERTA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-2.573.723.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ESTHER CLEMENTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.638.

PARTE DEMANDADA: BUOS ON LINE C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JUAISEL GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.720.

MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos.

En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte actora ESTHER CLEMENTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.638, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ALBERTO FERMIN SANCHEZ PUERTA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-2.573.723 como consta en poder apud acta inserto al folio 5 de los autos y por la entidad de trabajo BUOS ON LINE C.A compareció la abogada JUAISEL GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.720, quien presenta instrumento poder notariado, siendo revisado por la abogada actora. La Juez, verificada la comparecencia de las partes declaro abierto el acto. En este estado las partes manifiestan su intención de poner fin al presente asunto haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación, que es el resultado de las conversaciones entre las mismas se logro alcanzar el monto a mediar en la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.43.235,84), los cuales serán pagados mediante un cheque a nombre de ALBERTO FERMIN SANCHEZ PUERTA, parte actora en el presente asunto, el día 22 de julio 2015, en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial a las 2 de la tarde. La abogada ESTHER CLEMENTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.638, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ALBERTO FERMIN SANCHEZ PUERTA, manifiesta que el monto mediado es la cantidad demandada, en razón de ello esta a su entera satisfacción, en consecuencia la entidad de trabajo demandada no tiene nada que deberle a la parte actora por concepto de los conceptos demandados. Las partes reconocen y convienen que, en cada caso, los honorarios de abogados y demás gastos incurridos por cada una de ellas correrán por cuenta y a cargo de la parte que respectivamente los contrató o incurrió, sin que ninguna de ellas tenga nada que reclamar a la otra por estos conceptos o por algún otro.