REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIEZ DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

204º Y 155º


Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano WILDEMARO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.780.542, de este domicilio, asistido en este acto por el profesional del derecho ciudadano ANGEL GUILARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.912.179, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 88.037, quien actúa en este acto en su condición de parte demandada en el presente juicio de EJECUCION DE PRENDA, intentada por el FONDO DE CREDITO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO MONAGAS (FONCREDEMO), Expediente N° 33.573, y por cuanto los recaudos consignado por ante este Juzgado como son los recibo de pagos donde se evidencia que parte demandante ciudadano WILDEMARO MARTIENZ, supra identificado, ha cancelado el monto adeudado según depositos efectuados a la cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1311315703 de fecha 11-10-2013, por un monto de 4.273,oo; deposito banco Venezuela cuenta 0102-0613-880000002613, a nombre de FONCREDEMO, planilla N° 89632455, por un monto de 4.272,oo; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1412194324, de fecha 11-12-2013, por un monto de 4.273,oo; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1309454194, de fecha 03-01-2014, por un monto de 4.273,oo; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1312531713, de fecha 07-02-2014, por un monto de 4.273,oo; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 13115533069, de fecha 07-03-2014, por un monto de 4.273,oo; Cuenta Banco Carona N° 01280119091900059103, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla 38218354; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1314590221, de fecha 16-06-2014, por un monto de 4.300,oo; cuenta banco Banesco N° 01340043120431038358, a nombre de FONCREDEMO, N° de planilla de deposito 1611494796, de fecha 05-03-2015, por un monto de 442.768,93, como se evidencia que la parte demandada ha consignado haber acreditado el pago por instrumento fehaciente de haber pagado; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 669 del Código de Procedimiento Civil. Es por lo que este Tribunal le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes. Se suspende las medidas decretadas en fecha 14 de enero del 2.015, e igualmente se acuerda hacer entrega del documento original del CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO, N° 30759112, entréguesele a la parte demandada el original, a los fines legales consiguientes.



ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
EL JUEZ


La Secretaria,

En esta misma fecha, siendo las 9:00 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.

La Stria.


Exp. N° 33.573