N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2014-001187
PARTE ACTORA: YASMIN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.865.421 de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HUMBERTO BUCARITO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nr 92.843 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: LOUNGE PIZZA BAR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUZLINI SALAMANCA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 92.852
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy, 06 de marzo de 2015, comparecieron por ante este Tribunal el Abg. HUMBERTO BUCARITO, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y la Abg. LUZLINI SALAMANCA, en su carácter de Apoderada de la empresa LOUNGE PIZZA BAR, C.A., , identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación de la audiencia, el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y le ofrecen al ciudadano YASMIN RODRIGUEZ, la cantidad total de TRECE MIL BOLIVARES, ( Bs. 13.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación del Trabajo el día 15-04-15. El Apoderado Judicial acepta la propuesta y está totalmente satisfechos con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
El Apoderado del demandante El Secretario(a)
La Apoderada de la empresa
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).
|