ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2014-000552

PARTE ACTORA: ANGEL ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 4.890.250.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado, PAOLA POGGIO, Inpreabogado N° 119.076

PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA CROMN 2212, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado, MELISA RAMIREZ, Inpreabogado N° 29.733.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 18 de marzo de 2015, siendo la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano ANGEL ZERPA, asistido de la abogado PAOLA POGGIO, también compareció el abogado MELISA RAMIREZ, apoderado judicial de la demandada. Por una parte, la parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs. 25.608, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en ofrecer la cantidad de 5.000,00, pagaderos para el día de hoy, mediante cheque del Banco Banesco, cuenta corriente N° 0134-0171-30-1711061522, cheque n° 37137158. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados y recibe conforme el cheque descrito. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA


Abog. MARILEUDIS GALLARDO

LAS PARTES COMPARECIENTES,


EL SECRETARIO (A),