REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, Viernes, seis (06) de Marzo de 2015
205º y 156º

Exp Nº AP21-R-2014-001472
Asunto Principal Nº AP21-L-2014-000667

PARTE ACTORA: LOURANT DEL CARMEN PIRELA RINCONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 14.382.839 y 10.869.831 respectivamente.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ALEJANDRO PACHECO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 100.618.

PARTE DEMANDADA: BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C. A. inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha 18 de diciembre de 2009, anotado bajo el N° 42, Tomo 288-A Sgdo.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA CRISTINA CANCINO, LUÍS GUILLERMO JASPE y OTROS, inscritos en el IPSA bajo los números59.359 y 111.839 respectivamente

ASUNTO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEJANDRO PACHECO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

CAPITULO PRIMERO.
I.- Antecedentes.

1.- Fueron recibidas por distribución, en este Juzgado Superior, las presentes actuaciones en consideración del recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEJANDRO PACHECO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

2.- Recibidos los autos en fecha 03 de febrero de 2015, se dio cuenta al Juez de éste Juzgado, y por auto de fecha 10 de febrero de 2015, se fijo la oportunidad para la celebración de la audiencia de apelación para el día Miércoles cuatro (04) de Marzo de dos mil quince (2015) a las dos de la tarde (2:00pm), oportunidad en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente. Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia de apelación en la cual se dictó el dispositivo del fallo, este Sentenciador procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

II.- Objeto del presente “Recurso de Apelación”.

1.- La presente controversia tiene por objeto resolver el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEJANDRO PACHECO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano LOURANT DEL CARMEN PIRELA RINCONES, contra el BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C. A., en la cual se señalo lo siguiente:

“…Hoy, 14 de Agosto de 2014 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el ciudadano LUIS GUILLERMO JASPE IZAGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado 111.839, apoderado judicial del BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., asimismo se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION…”.


CAPITULO SEGUNDO.
Del desistimiento del presente recurso de apelación.

1.- Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia oral y pública, fijada para el día y hora señalados supra, el Secretario del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad debida.

2.- De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral y pública a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarree el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está expresamente establecido en el artículo 164.

3.- En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia de la recurrente a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por el abogado ALEJANDRO PACHECO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

CAPITULO TERCERO
DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado ALEJANDRO PACHECO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano LOURANT DEL CARMEN PIRELA RINCONES, contra el BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C. A.


PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA


Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los seis (06) días del mes de Marzo de 2015.




JUEZ
Dr. JESÚS MILLÁN FIGUERA




SECRETARIO
Abg. HECTOR RODRIGUEZ


NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.




SECRETARIO
Abg. HECTOR RODRIGUEZ