REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPTENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 156°)

Maracay, diecisiete (17) de marzo del año (2015)

De la revisión exhaustiva realizada a las actas que conforman el presente expediente, signado bajo el número 2011-0075 (nomenclatura interna de este Juzgado Superior Agrario) contentivo de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por el abogado Carlos Antonio Penso Dávila, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 114.677, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Santa Clara C.A., en el cual en fecha ocho (08) de junio del año 2012 se dictó sentencia declarando consumada la perención y por ende extinguida la instancia de conformidad con el articulo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se pudo evidenciar que hasta la presente fecha, no se han librado los oficios a la Procuraduría General de Republica y al Instituto Nacional de Tierras; asi como la boleta de notificación de la parte recurrente en la presente causa, notificándolos de la ut supra mencionada decisión, razón por la cual, en harás de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso, este Juzgado Superior Agrario acuerda librar oficios a las instituciones ut supra mencionadas; así como, la boleta de notificación a la parte recurrente en el presente expediente. Cúmplase

EL JUEZ

Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron los oficios y boleta de notificación correspondiente.

EL SECRETARIO


ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO





EXP. - JSAAC-2011-0075
HBC/dss/jb