REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPTENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 156°)
Maracay, veintisiete (27) de marzo del año (2015)
De la revisión exhaustiva realizada a las actas que conforman el presente expediente, signado bajo el número 2011-0088 (nomenclatura interna de este Juzgado Superior Agrario) contentivo de Derecho de Permanencia, interpuesto por los ciudadanos Fredy Pacheco, Rafael González, José Pinto, Juan Bautista Pereira, Oscar Riobueno, Pedro Aquino, José Pacheco, Richard Vurahonda, Arnoldo Quintero, Tomas González, Nidia González, Gabriel Trujillo, David Pacheco, Marlen Rodríguez, Luis Arcia y Félix Rosales, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad números V-3.375.252, V-3.375.549, V-3.376.959, V-3.376.789, V-3.812.919, V-8.694.294, V-3.377.361, V-7.072.565, V-5.624.736, V-15.471.330, V-11.999.247, V-11.178.189, V-15.054.947, V-4.651.074, V-8.733.957 y V-2.651.202 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Benigno Colmenarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.758.978, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 23.249, contra las presuntas actuaciones del ciudadano Ing. Euclides Colmenares, director de la Oficina Regional de Tierras-Aragua del Instituto Nacional de Tierras para el momento de la interposición de la demanda, se pudo evidenciar que hasta la presente fecha, no han se han practicado las notificaciones del abocamiento de quien suscribe, es por lo que, en harás de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso, este Juzgado Superior Agrario, acuerda librar las boletas de abocamiento de quien suscribe a los ciudadanos ut supra mencionados. Cúmplase
EL JUEZ
Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron las boleta de notificación correspondiente.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO
EXP. - JSAAC-2011-0088
HBC/dss/jb