REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 04 de marzo de 2015
204° y 156°
Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada en fecha 20/02/2015, por la ciudadana ELDA NOVOA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.236.293, debidamente asistida por la abogado en ejercicio Silvia García Leota, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 160.271; mediante la cual solicita se declare Título Supletorio sobre bienhechurías que se encuentran en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi) ubicadas en el Sector Colinas de Vallecito, Calle las Tanquillas, casa Nº 13, Rosario de Paya, Parroquia Pedro Arvelo Aponte, Municipio Santiago Mariño, estado Aragua, constante de una superficie de DOSCIENTOS CINCO CON TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (205, 32 m2) y que son descritas por el solicitante de la siguiente manera:
“(…) con un área de construcción de ciento Ochenta y tres con cero cuatro metros cuadrados (183,04 mts2) comprendido dentro de los siguientes Linderos: NORTE: con calle La Tanquilla es su frente SUR: Con calle sin nombre; ESTE: con parcela sin nombre OESTE: con parcela sin nombre. Tengo construidas unas bienhechurías a mis sotas y únicas expensas, con dinero de mi propio peculio, donde he invertido la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.170.000,00), las bienhechurías poseen las siguientes características: Casa de bloques frisado, piso de cemento pulido, techo de Acerolit y platabanda, Una (01) habitación, Un (01) baño una (01) cocina-comedor, Un (01) lavandero, ventanas y puertas de hierro, una puerta santa María y todos los servicios básicos de agua, luz y aseo.. (…)”
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Título Supletorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 197.1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en consecuencia se acuerda fijar Audiencia de Evacuación de Testigos para el jueves doce (12) de marzo del 2015, a las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) para que comparezca la parte solicitante por ante esta Instancia Agraria, con los testigos que a bien tenga presentar, a fin de que rindan sus declaraciones.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS G. ABREU GUERRERO.
LA SECRETARIA,
ABG. KHYSI PROSPERI QUINTANA.
Sol.2015-0091
LAG/kpq/ess