REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA,
CON SEDE EN MARACAY
Maracay, 10 de marzo de 2015
204° y 155°
Visto el escrito presentado en fecha 03 de marzo de 2015, las ciudadanas AURELIA GUTT DE PIÑERO, ANA CASILDA GUTT DE PIÑERO Y MELIDA DEL CARMEN GUTT MISLE, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.- 3.147.036, 3.147.041 y 8.582.649, respectivamente, debidamente asistidas por la Abogado AURIMAR MILAGROS PIÑERO GUTT, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 99.705, mediante el cual solicitan a este Juzgado se les permitan intervenir con un derecho de palabra en la audiencia a la cual fueron citados los concejos comunales citados, bien sea como terceros intervinientes, testigo o simplemente comunidad organizada, en la Demanda de Nulidad con Amparo Cautelar, interpuesta por los ciudadanos JESUS RAMON BOUQUET MANZO Y EUGENIA DE SOUSA VIEIRA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 3.847.275 y 7.263.874, respectivamente, asistidos por Abogados, contra la Alcaldía del Municipio Tovar del Estado Aragua.. Este Tribunal Superior; indica a las solicitantes de Tercería; que de conformidad con el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el 10 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, que contemplan la tutela Judicial efectiva y la participación ciudadana; el Tribunal se pronunciara como punto previó en la Reanudación de la Audiencia de Juicio, la cual se llevara a cabo el día 10 de marzo de 2015 y una vez oídas las solicitantes.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria,
Abog. Sleydin Reyes.
Exp. DP02-G-2014-000187
MGS/SR/mr