REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY
Maracay, Dieciséis (16) de Marzo de dos mil quince (2015).
204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DP02-G-2014-000042, proveniente de la Corte Primera de los Contencioso Administrativo con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante Oficio signado bajo el Nro 2015-1037, de fecha 09 de Marzo de 2015, contentivo de la demanda del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, intentado por la Ciudadana DULCE ALEGRIA VELASQUEZ MONTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-13.448.312, debidamente asistida por el ciudadano Abogado Miguel Angel Rodríguez inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.575, Contra la Alcaldía del Municipio San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua. Dicha remisión se efectuó, en virtud de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha 20 de Noviembre de 2014 en la cual declaró:
“…Por las razones antes expuestas esta Corte primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 1°de octubre de 2014, por el Sindico Procurador Municipal del Municipio Bolivariano de San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua. DESISTIDO el recurso de apelación y FIRME el fallo apelado.…”
Es por ello que este Órgano jurisdiccional, ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo numero, igualmente se aboca al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, en virtud de la declaratoria de la sentencia, este Tribunal Superior Ordena Notificar a las partes y una vez que conste en autos las notificaciones, se procederá a su Continuación Judicial. LIBRENSE OFICIOS Y BOLETA. CUMPLASE
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LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES

MGS/SR/EF
Asunto Nro: DP02-G-2014-000042.