REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, veinticuatro (24) de Marzo de dos mil quince (2015).
204° y 155°
Vista la sentencia dictada en fecha 10 de Marzo de 2009, en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, intentado por la ciudadana Milagros Sailen Mantilla Calvette, abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 107.912, actuando en ese acto como apoderada judicial de la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Unidad Educativa Básica Bartolomé Salom, contra la Inspectoria del Trabajo del Estado Aragua; en la cual se declaro consumada la Perención y Extinguida la Instancia del recurso presentado; en consecuencia, Este Tribunal Superior ordena la práctica por Secretaria, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 13 de Marzo de 2015 (exclusive) fecha en la cual consta en autos la notificación realizada a la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Unidad Educativa Básica Bartolomé Salom y/o a sus apoderados judiciales hasta el 23 de Marzo de 2015 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES.
Exp. No. DE01-G-2006-000069.-
Numeración Antigua 7721
MGS/SR/ab.