REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 26 de marzo de dos mil quince (2015).
204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 17 de marzo del año 2015, por el ciudadano Johan Aponte, Alguacil titular de este Juzgado, mediante la cual consigna la Boleta de Notificación, librada por este Despacho Al ciudadano Pinto Álvarez José Ramón, mediante el cual notifica de la Decisión dictada, en la presente causa, declarando la Perención de la Instancia; recibida por la Abogado Yamilet Rosario Coronel Yépez; este Tribunal Superior, ordena práctica por Secretaria el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes, a que hace el Artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, desde el día 17 de marzo de 2015 (exclusive), fecha en la cual consta en autos la práctica de la notificación de la Abogado Yamilet Rosario Coronel Yépez, hasta el día 25 de marzo de 2015 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES
Quien suscribe, ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el Artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, transcurrieron desde el día 17 de marzo de 2015 (exclusive), hasta el día veinticinco (25) de marzo de 2015 inclusive, o sea los días 18, 19, 23,24 y 25 de marzo de 2015.

LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES.
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 17 de marzo de 2015, exclusive, hasta el 25 de marzo de 2015 inclusive, transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el Artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 07 de mayo de 2008, el Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

Exp. No. DE01-G-2005-000041
MGS/SR/mr.