REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY
Maracay, 26 de Marzo de 2015
204° y 156°

Visto que en el presente Asunto Nº DP02-G-2015-000025, contentivo de la presente Acción por Oferta Real de Pago, la cual fue interpuesta por las Ciudadanas Abogadas ZULEIMA GUZMAN y DELIA INES RUMBOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.322 y 169.413, actuando en su carácter representante Judicial de la Sociedad Mercantil Alimentos Aragua Socialista (A.L.A.S.) ; Se Dicto Sentencia Interlocutoria dictada en fecha 17 de Marzo de 2015, mediante la cual este Tribunal su declaró INCOMPETENCIA para conocer de la presenta Acción por Oferta Real de Pago y por ende declino la COMPETENCIA ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y se ordenó REMITIR el presente expediente, una vez vencido el lapso establecido en el articulo 69 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del articulo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a la Coordinación de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Habiéndose trascurrido el lapso legal sin que las partes interpusieran los recursos que consideraren pertinentes contra la referida decisión, es por lo que se ordena la remisión del expediente judicial signado con el Nro. DP02-G-2015-000025 (nomenclatura de este Tribunal), para ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Líbrese Oficio. Cúmplase.
La Juez Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria,
Abog. SLEYDIN REYES.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado librándose Oficio Nº. ____________2.015
La Secretaria,

Abog. SLEYDIN REYES.



Exp. DP02-G-2015-000025
MGS/SR/EF.