REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 04 de Marzo de 2015.
Años 204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 03 de marzo de 2015, por el ciudadano Abogado Nicolás Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.311, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Querellante, mediante la cual solicita se provea todo lo conducente a fin del impulso de la presente causa; dado que hasta la fecha la Experto contable designada ciudadana Lic. Gladys Sandoval, no ha consignado la experticia complementaria del fallo; este Tribunal Superior; de la revisión y estudio efectuado a las actas procesales que conforman el presente expediente observa que en fecha 15 de junio de 2009, la experto contable, mediante diligencia dejo constancia que en fecha 18 de junio de 2009, estaba disponible la información para la realización de la experticia complementaria del fallo en la Zona Educativa del Estado Aragua, y siendo que hasta la presente fecha no se ha materializado la consignación de la misma, es por lo que se insta a la LIc. Gladys Sandoval, Experto contable a los fines de que suministre información en relación a la Experticia Complementaria del follo o en su defecto sea consignada la misma en virtud del tiempo transcurrido.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.


MGS/SR/mr
DE01-G-2004-000018
ANTIGUO 6957.