REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, cuatro (04) de Marzo del año dos mil quince (2.015).
204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 04 de Marzo de 2015, por el ciudadano Abogado José Gregorio Viña Valdiviezo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 151.416, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, diligencia mediante la cual solicita sea designado como correo especial a los fines de trasladar la notificación dirigida al ciudadano Procurador General de la Republica y al ciudadano Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz. En vista de lo solicitado se evidencia de las actuaciones procesales que conforman la presente causa que en fecha 10 de Febrero del presente año, este Juzgado Superior mediante auto acordó la celebración de una Audiencia de Resolución de Controversias, para lo cual se ordeno la notificación de las partes intervinientes y en vista de que la notificación dirigida al ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela y al ciudadano Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz no han sido practicadas, este Tribunal Superior ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que practique la Notificación ordenada en el auto de fecha 10 de Febrero de 2015 dictado por este Despacho Judicial. En consecuencia y de conformidad con lo solicitado por la parte diligenciante se designa como correo especial al ciudadano abogado José Gregorio Viña Valdiviezo inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 151.416, a los fines de que lleve y traiga el despacho de comisión acordado así como también traer devueltas las resultas de las mismas. En consecuencia se ordena al Alguacil de este Juzgado hacer entrega del citado oficio, debiendo ésta dejar constancia en autos en prueba de haberlas recibido. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABG. SLEYDIN REYES.

EXP. N° DE01-G-2011-000100.-
MGS/SR/ab.