REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

La Victoria: Veinticinco (25) de Marzo de Dos Mil Quince (2015)

204° y 156°

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana CARMEN ROSA COLMENARES GUALDRON, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.151.395, vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: Gahon Sojo Yuralis del Carmen, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Número V-6.901.376, domiciliada en la Avenida 3, Casa Nro. 86, La Mora del Estado Aragua y Mier y Terán Silva Eduard Argenis, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V-12.808.831, domiciliado en el Barrio La Cruz, Callejón La Capilla Casa Nro 55. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana: CARMEN ROSA COLMENARES GUALDRON, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.151.395, sobre un terreno municipal ubicado en calle Ricaurte número 2-B Sector Casco Central Sur número catastral 05-06 U01-01-19-06, El Consejo, Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, con una superficie aproximada de Ciento Treinta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta y Uno Centímetros Cuadrados (138,71 Mts2), y comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; Norte: En línea recta de ocho metros con diez centímetros (08,10 Mts), con sentido Este, Con propiedad que es o fue de la ciudadana Josefina Martínez; Sur: En línea recta de cuatro metros con cincuenta y nueve centímetros (04,59 Mts), Con sentido Este, con propiedad que es o fue de la ciudadana Trinidad Tovar; Este: En línea inclinada de siete metros con cincuenta y ocho centímetros (07,58 Mts), con sentido Nor-Este, y línea recta de doce metros con cinco centímetros (12,05 Mts) con sentido Norte, con calle Ricaurte que es su frente. Oeste: En línea recta de diecinueve metros con diez centímetros (19,10 Mts), con sentido Norte con quebrada Monte Oscuro. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL
DRA. KARELLYS DEL VALLE GUTIERREZ DE MONCADA


LA SECRETARIA.-
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Catorce (14) folios útiles, al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-

LA SECRETARIA.-
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS

KGDM/MVDR/yl.
Sol Nº 17-15
TÍTULO SUPLETORIO