REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria Veinticinco (25) de Marzo de Dos Mil Quince (2015)
205° y 155°
Cumplida como ha sido la anterior solicitud presentada por el ciudadano EMILIO JOSE SANABRIA SILVA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.398.945; vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: ANTONIA ANGELINA GOMEZ, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V-330.469, domiciliada en la Calle Colon Nº 8, La Victoria del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, FELIPE ANTONIO LOPEZ MORALES, venezolano, mayor edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Número V-4.399.050, domiciliado en la Calle Colon Nº 5, La Victoria del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua y ALICIA BEATRIZ SANCHEZ DE MULATO, venezolana, mayor edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.359.204, domiciliada en la Calle Guzmán Nº 25, La Victoria del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara EVACUADAS LAS TESTIMONIALES a favor del ciudadano: EMILIO JOSE SANABRIA SILVA, supra identificado, sobre los particulares contenidas en la solicitud. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas y devuélvanse los originales de estas actuaciones a la parte interesada conforme lo pida. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. KARELLYS DEL VALLE GUTIERREZ DE MONCADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede
SECRETARIA
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS
KGDM/MVDR/At.
Sol Nº 29-14
Justificativo de Testigo
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