En el día de hoy 10 de marzo de 2015, siendo las 02:00 p.m., previa solicitud de ambas partes de celebrar la presente Audiencia Preliminar Inicial, dándose por notificado la demandada y renunciando ambas partes a los lapsos del proceso en la fase que se encuentra el presente asunto. Así mismo se deja constancia que comparece en su condición de parte actora la ciudadana IRENE MARGARITA PIÑA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.107.160, quien viene asistida de la Abogada LAUDY DEL CARMEN TINEO ACHA, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.665.121, I.P.S.A. Nro. 139.244, y por la parte demandada la entidad de trabajo “TUCAREN, C.A.”; comparece la ciudadana VIRGINIA GUERRERO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.700.412, en su carácter de Presidente de la demandada, plenamente identificada en el encabezamiento de la presente acta, facultad que consta en autos en los folios desde el 25 al 28, el cual viene asistida de la Abogada ANDREINA QUIROZ BRACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.203.750, I.P.S.A. Nro. 210.220. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada la entidad de trabajo “TUCAREN, C.A.”, a fin de terminar con este procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 1.500.000,00); que será cancelado el día de hoy, en la sede del Tribunal, a través de dos (02) cheques Nros11002755, y 41002754; por las cantidades de Bs. 896.941,92 y Bs. 603.058,08, respectivamente, ambos con fecha 25 de febrero de 2015, de la entidad financiera Banco de Venezuela, Girados contra la cuenta corriente Nro. 0102 0338 40 0000162333, elaborados a nombre de la trabajadora ciudadana IRENE MARGARITA PIÑA ORTEGA, Se deja expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente, previa revisión en la audiencia de los cálculos los cuales permitieron llegar al monto real que le corresponde al trabajador por todos y cada uno de los conceptos demandados. En éste estado la Parte Actora debidamente asistida por Abogado identificado supra, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto, ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente por cuanto se le ha dado total y cabal cumplimiento en este acto.
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