REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 15 de mayo de 2015

205º y 156º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los ciudadanos, TOMÁS ZORRILLA VILLEGAS y GISELA HERNÁNDEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.215.525, y V-4.237.820, respectivamente, en su carácter de PARTE DEMANDADA.
Asimismo, al ciudadano, VÍCTOR RAMÓN BERMÚDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-5.754.659, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.738, actuando en su carácter de endosatario en procuración, PARTE ACTORA.
Que este Tribunal en fecha treinta y uno (31) de julio de 2013, dictó sentencia definitiva, en el expediente número antiguo AH11-M-2003-000021, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y asunto 0375-12 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA) sigue el ciudadano VÍCTOR RAMÓN BERMÚDEZ contra los ciudadanos TOMÁS ZORRILLA VILLEGAS y GISELA HERNÁNDEZ, ampliamente identificados anteriormente. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos estos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/SR/10
Asunto Antiguo: AH11-M-2003-000021
Exp. Nº 0375-12