REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 05 de mayo de 2015
205º y 156º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano LUIS RAMÓN BERMÚDEZ RADA, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad Nº.V.-968.392, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 56, PARTE ACTORA, quien actúa en su propio nombre y representación, y a la ciudadana MARINA DÁVILA DE ARMAS, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº.V.-107.108, y/o en las personas de sus apoderados judiciales, los ciudadanos PEDRO J. RAMÍREZ PERDOMO, HÉCTOR RAMÍREZ PERDOMO y RAQUEL ALAMO DE GUILLEN, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 8.791, Nº 9.697 y Nº 14.166, en su carácter de PARTE DEMANDADA.
Que éste Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de 2013, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, en el expediente número antiguo AH11-V-2001-000018, ASUNTO: 0322-12 de la nomenclatura llevada por éste Tribunal, contentivo del juicio que por REINTEGRO sigue el ciudadano LUIS RAMÓN BERMÚDEZ RADA, contra la ciudadana MARINA DÁVILA DE ARMAS, suficientemente identificados en autos. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de éste Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/SR/09
Asunto Antiguo: AH11-V-2001-000018
Exp. Nº 0322-12