REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


PARTE DEMANDANTE: SARA MARÍA GONZÁLEZ DE LINARES, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-5.262.779, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: ANDRÉS ALFONSO LINARES, venezolano, mayor de edad, de estado casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.517.219, de este domicilio.

MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
EXPEDIENTE Nº: 15.018

Maracay: 08 de Mayo de 2.015
205º y 156º
En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de Mayo del Año Dos Mil Quince (2.015), siendo las 9.00 A. M. oportunidad legal fijada para que tenga lugar el Segundo Acto Conciliatorio, en el presente juicio de DIVORCIO. Al efecto se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y no habiendo comparecido la parte actora Ciudadana SARA MARÍA GONZÁLEZ DE LINARES, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-5.262.779, de este domicilio el Tribunal declara EXTINGUIDO el procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil. Se deja expresa constancia de la presencia de la FISCAL 13º DEL MINISTERIO PÚBLICO EN MATERIA DE FAMILIA Abogado MORELIA SALAZAR. Se ordena el archivo del expediente y su respectiva remisión al archivo judicial.
EL JUEZ TITULAR,

RAMÓN CAMACARO PARRA

LA FISCAL 13º DEL MINISTERIO PÚBLICO
EN MATERIA DE FAMILIA

EL SECRETARIO,


ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ A.


RCP/AHA/Nineya.
EXP. N° 15.018.