REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 18 de Mayo de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : DP01-S-2014-002815
ASUNTO : DP01-S-2014-002815

RESOLUCION JUDICIAL SOBRESEIMIENTO

Corresponde a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, conocer del escrito presentado por la Representación Fiscal Auxiliar Interina Adscrita a la Fiscalia Superior del Estado Aragua, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la presente Causa, a tenor del artículo 300 ordinal 3º del reformado Código Orgánico Procesal Penal; en tal sentido, conforme el artículo 306 ejusdem, procede este Tribunal a decidir:

PUNTO PREVIO

Tal como prevé los artículos 302 y 305 del Código Orgánico Procesal Penal, que una vez terminado el procedimiento preparatorio el Fiscal del Ministerio Público solicitará al Juez o Jueza de Control el Sobreseimiento de la Causa, quien lo decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días, debiendo notificarse a las partes de tal decisión, es por lo que se procede a dictar la siguiente Resolución Judicial, mediante el presente auto. Y ASÍ SE DECLARA EXPRESAMENTE.


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

INVESTIGADO: ISMAEL DOMINGO CARMONA AGUIRRE.

Victima: FLORES TEOFILA ELADIA, titular de la cedula de Identidad nro. V-5.158.240.

DE LOS HECHOS

En fecha 31.10.2010, la ciudadana FLORES TEOFILA ELADIA., titular de la Cédula de Identidad C.I.: V-5.158.240, interpuso denuncia en contra del ciudadano ISMAEL DOMINGO CARMONA AGUIRRE, señalando que fue víctima de AMENAZA.


FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO

Concluida la investigación por parte del Fiscal del Ministerio Público, fue considerado el hecho denunciado como constitutivo del delito de AMENAZA, previstos y sancionados en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a Una Vida Libre de Violencia.

En efecto esta Juzgadora luego de revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto por la comisión del delito antes expresado, observando que la pena impuesta para dicho delito es de diez (10) meses a veintidós (22) meses de prisión, para el delito de AMENAZA; siendo evidente claramente que la acción penal se encuentra prescrita, ya que su lapso de prescripción es de Tres años, de conformidad con lo establecido en el artículo 108, ordinal 5º del Código Penal Venezolano.

Ahora bien, por cuanto desde la fecha en que ocurrieron los hechos (31.10.2010) hasta el día de hoy, han transcurrido más de CUATRO (04) AÑOS y SIETE (7) MESES, lo cual excede el lapso estimado para que opere la prescripción legal en este asunto, motivo por el cual quien decide considera procedente y ajustado a derecho acoger la solicitud Fiscal y en consecuencia DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3º en concordancia con el artículo 49 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 5º del Código Penal Venezolano. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano ISMAEL DOMINGO CARMONA AGUIRRE, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3º en concordancia con el artículo 49 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 5º del Código Penal Venezolano por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previstos y sancionados en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.

Regístrese la presente decisión y notifíquese lo conducente, a los fines legales consiguientes. CÚMPLASE.

LA JUEZA,

AURALIS PEREZ LOPEZ
LA SECRETARIA
SCARLETH FLORES SOLANO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
SCARLETH FLORES SOLANO