REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(205° y 156°)
Maracay, catorce (14) de mayo del año 2015

EXPEDIENTE Nº 2014-0334

De la revisión exhaustiva realizada a las actas procesales que rielan en el presente expediente, se puede observa que según el oficio Nº 2466-A de fecha 07 de noviembre del año 2014, le fue solicitado a la Directora Regional de Aragua del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES) información relacionada con la ejecución de la Medida Autónoma Innominada de Protección al Medio Ambiente sobre el Sector Cuyagua de Ocumare de la Costa de Oro del estado Aragua, dentro del Parque Nacional Henri Pittier, dictada por este Juzgado en fecha catorce (14) de agosto de 2014. Posteriormente en fecha 24 de noviembre del año 2014, se recibió oficio Nº 358 en el cual indica el Director General Sectorial, que la Medida no ha sido ejecutada y que solicita una prorroga de treinta (30) días hábiles, la cual fue otorgada en fecha 27 de noviembre de 2014.
Ahora bien, visto que no se ha recibido información al respecto, es por lo que este Juzgado Superior Agrario, pautó la ejecución de la misma para el día lunes veinticinco (25) de mayo del año en curso, a las ocho y treinta minutos de la mañana (08:30 am); de allí que, se acuerda oficiar a la Directora Regional Aragua del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES), a el Director (A) Estadal del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Agua del Estado Aragua, al ciudadano Edward Castillo Secretario Sectorial para la Protección Ambiental y el ordenamiento Territorial del Gobierno de Aragua, al Comandante Elvis Quiñones del Destacamento 421 Comando de Zona 42 de La Guardia Nacional Bolivariana Del Estado Aragua y al ciudadano Romel Cordero Presidente del Instituto Autónomo para el Desarrollo de La Costa de Aragua, a fin de convocarle para que asistan a dicha ejecución de la Medida. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró el oficio correspondiente.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUÁREZ SERRANO
EXP. 2014-0334
HBC/Dss/mn