REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(205° y 156°)

Maracay, veintisiete (27) de mayo del Año 2015

EXP.-JSAAC-2014-0334

Visto los hechos acaecidos en fecha veinticinco (25) mayo del año 2015, en la localidad Cuyagua, Municipio Ocumare de la Costa Oro del estado Aragua, donde este Juzgado Superior Agrario, se trasladó a los fines de ejecutar la Medida Autónoma de Protección Ambiental dictada en fecha catorce (14) de agosto del año 2014, la cual se imposibilitó debido a una series de circunstancias (ver folios 305 al 308); se considera pertinente realizar una mesa de trabajo el martes (02) de junio del año en curso, convocando para la misma al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas delegación del estado Aragua (CICPC-Aragua), Defensoría del Pueblo del estado Aragua, Fiscalía Superior del estado Aragua, Guardia Nacional Bolivariana del estado Aragua, Policía Estadal del estado Aragua, a los fines de coordinar la ejecución de lo dictado por este Tribunal en la fecha ut supra, todo ello de conformidad con lo establecido el articulo 334 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de conformidad con el articulo 21 del Código de Procedimiento Civil y en el articulo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Cúmplase
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

EL SECRETARIO


ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron los oficios correspondientes.

EL SECRETARIO


ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO


Exp. JSAAC.-EXP- 2014-0334
HBCdss/jb