REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 15 de mayo de 2015
205° y 156°
Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada en fecha 15/05/2015, por el ciudadano UBALDO ROSALES PAÑILES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.891.896, debidamente asistido por la abogado Rafael Urbina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 95.520; mediante la cual solicita se declare Título Supletorio sobre una extensión de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), ubicadas en Punta del Monte, Sector el Manguito, carretera Zuata-San Mateo, Parroquia Zuata, municipio José Félix Ribas, estado Aragua, constante de un área de mil doscientos setenta metros cuadrados con noventa y cinco centímetros (1.270,95 mts2) y que son descritas por el solicitante de la siguiente manera:
“(…) con el debido respeto ocurro para exponer: que en un terreno propiedad del : INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I), ubicado en Punta del Monte, Sector el Manguito, carretera Zuata-San Mateo, Parroquia Zuata, municipio José Félix Ribas, estado Aragua, he construido con dinero de mi propio peculio unas bienhechurías constituidas por un inmueble con las siguientes características: paredes de bloque frisadas, techo de platabanda, piso gris pulido, puertas y ventanas de madera, rejas de hierro tipo pecho de paloma, instalaciones de aguas blancas y negras empotradas, electricidad embutida, sanitario con W.C, lavamanos de pedestal, ducha, cerámica en piso y paredes del baño, jardineras ornamentales fijadas a la pared frontal de la casa y está constituida por una (01) sala, un (01) comedor, dos habitaciones (02), una cocina semiempotrada (01), un (01) baño y un porche y tiene unas dimensiones de doce metros (12mts) de largo por seis metros con dieciocho centímetros (6.18Mts) de ancho, para un total de setenta y cuatro metros cuadrados con dieciséis centímetros (74,16Mts2). El terreno donde tengo construidas dichas bienhechurías tiene un área de un mil doscientos setenta metros cuadrados con noventa y cinco centímetros (1.270,95 mts2). Cercado en su totalidad con tela de alfajol, portón principal corredizo, de construcción tradicional, fundaciones, pedestales, vigas de arrastre y viga corona, paredes de bloque frisadas, tanque subterráneo con capacidad de once mil litros (11.000 Lts), un (01) pozo séptico. El terreno antes mencionado se encuentra dentro de los siguientes linderos; NOROESTE: del punto P04 (Coordenadas NORTE: 1126714,56 ESTE: 672445.40) al punto P05 (Coordenadas NORTE: 1126730.42, ESTE: 672474.79) en 33,40 Mts. Y del punto P05 (Coord. NORTE: 1126730.42, ESTE: 672474.79) al punto P06 (Coord. NORTE: 1126746.60, ESTE: 672493.85) en 25,00 mts., con casa que es o fue de Alejandro Poleo. ESTE: del punto P01 (Coord. NORTE: 1126728.16, ESTE: 672515,61) en 21,00 mts., que es su frente, con carretera de tierra. SUROESTE: del punto P03 (Coord. NORTE: 1126705.40) en 10,60 mts., con casa que es o fue de Ricardo Rodríguez. El costo total de dichas bienhechurías es por la cantidad de. SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (750.000,00 Bs). (…)”
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Título Supletorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 197.1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en consecuencia se acuerda fijar Audiencia de Evacuación de Testigos para la presente fecha a las once y media de la mañana (11:30 a.m.) para que comparezca la parte solicitante por ante esta Instancia Agraria, con los testigos que a bien tenga presentar, a fin de que rindan sus declaraciones.
EL JUEZ,
ABG. LUÍS G. ABREU GUERRERO.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GRIECO.
Sol.2015-0111
LAG/mgg/mlm.