REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, once (11) de mayo del año dos mil quince (2.015)
205° y 156°

De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman la presente causa, se observa que en fechas 22 y 30 de abril de 2015, el ciudadano Alguacil de este Juzgado procedió a consignar la Notificación debidamente práctica de lo ciudadanos Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de que remita el presente caso a la Gerencia General de Litigio de dicha Procuraduría y al Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierra y siendo que hasta la presente fecha no consta en autos la consignación de los requerimientos planteados en dichas notificación, es por lo que este Juzgado considera de suma importancia lo solicitado a los fines de poder dictar una sentencia de fondo; es por lo cual, Ratifica las notificaciones de los ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de que remita el presente caso a la Gerencia General de Litigio de dicha Procuraduría y al Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierra, con el objeto de que sea asignada a la Coordinación Técnico Legal correspondiente y se hagan parte en el presente juicio, y a su vez consignen ante esta instancia judicial toda la documentación pertinente relacionada con los estudios sobre la cadena titulativa de los terrenos Nros L-2, L-3, L-4, L-5 y L-6-1-1 ubicadas en el fundo denominado “Guaracaparo o Tambores de Tucupido” del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, a los fines de que este Juzgado Superior pueda dilucidar verdaderamente la titularidad de las parcelas de terrenos anteriormente identificadas y en consecuencia, emitir una decisión conforme a derecho, para lo cual se le concede un lapso de quince (15) días de Despacho, más dos (2) días que se le concede como termino de la distancia, a los fines de que este Juzgado pueda dictar una sentencia ajustada a derechos.
Cúmplase. Líbrese Oficios de Notificación.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES
Exp. N° DP02-G-2014-000190
MGS/SR/mr.