REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
205° y 156°
Maracay, 22 de Mayo de 2015

Vencido como ha sido el lapso probatorio, y cumplidos todos los trámites procedimentales establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en la presente causa contentiva de la demanda por Abstención o Carencia interpuesta por la ciudadana BELÉN HERMINIA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 334.008, contra el MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DEL ESTADO ARAGUA; éste Juzgado Superior Estadal ordena la apertura del lapso para dictar sentencia definitiva, y en consecuencia a partir de la presente fecha exclusive comienza el lapso de cinco (05) días de despacho para dictar la decisión en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING REYES



EXP. DP02-G-2015-000030
MGS/IR/J