REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 04 de mayo de 2015.
204° y 156°
Visto el escrito presentado en fecha 28 de abril de 2015, por el ciudadano Abogado Richard Jesús Mendoza Grisales, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 191.557, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora en la presente causa N° DP02-G-2014-000203, seguida por MARCOS AURELIO RAMÍREZ, contra el MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA conjuntamente contra el ciudadano PASQUALE DI CARLO SANZONE; en el cual expone y solicita: "Omissis... solicito se oficie a la Alcaldía de Girardot Dirección de Catastro para que envié el resto del expediente y así mismo aplique las sanciones correspondientes a los funcionarios responsables del envió del expediente solicitado ya que como queda de manifiesto que lo enviado es totalmente incompleto…”
Al respecto, primeramente debe ése Juzgado Superior Estadal precisar que en el contenido de la referida diligencia se observa lo siguiente:
1) El Apoderado Judicial de la parte actora solicita que se oficie a la Dirección de Catastro a los fines de la incorporación de un expediente administrativo N° 030101202013, cuyo titular es la ciudadana Cecilia González De Capote, fundamentando que si bien no le corresponde al ciudadano Marcos Aurelio Ramírez, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 760.064 (parte actora), tales actuaciones guardan relación con la presente causa.
2) De igual forma, solicita la imposición de la multa prevista en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa al funcionario, (aparentemente perteneciente a la Dirección de Catastro) que a su decir incurrió en la omisión de remitir oportunamente el expediente N° 030101202013.
En cuanto a la solicitud, efectuada por la Representación Judicial de la parte actora, en relación al expediente administrativo, se observa que pretende hacer valer en juicio un expediente administrativo distinto al llevado por la Administración Pública a nombre del ciudadano Marco Aurelio Ramírez, sin embargo, en la oportunidad de la Audiencia Preliminar el mencionado apoderado promovió en el la oportunidad de la promoción de pruebas promueve las copias simples del expediente administrativo N° 030101202013, cuyo titular es la ciudadana Cecilia González De Capote, ahora bien, considera esta Juzgadora que dicho expediente guarda estrecha relación con los hechos controvertidos en la presente causa, por lo que es de imperiosa necesidad que dicho expediente sea consignados a los autos, en razón este Despacho ordena la notificación de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, a los fines de que consigne en este Órgano Jurisdiccional, el Original del Expediente Administraba administrativo N° 030101202013, cuyo titular es la ciudadana Cecilia González De Capote, a los fines de que el mismo sea confrontado con las copias simples que fueron consignadas por la parte Demandante en la Audiencia de Juicio celebrada en la presente causa, lo cual deberá tener lugar dentro del lapso de CINCO (05) días de Despacho, contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud.
Ahora bien en cuanto a la sanción de la imposición de la multa prevista en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa al funcionario en cargado de la remisión de los Antecedentes Administrativos, este Tribunal indica al Apoderado Judicial del Recurrente, que con respecto a dicho punto se hizo en fecha 12 de marzo de 2015, pronunciamiento al respecto, es por lo que este Tribunal ratifica su pronunciamiento. Líbrese Oficio.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. SLEYDIN REYES
EXP. DP02-G-2014-000203
MGS/SR/mr