REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 05 de mayo de 2015.
Años 205° y 156°


Vista la diligencia que antecede estampada en fecha 29 de abril de 2015, por la ciudadana ISABEL CRISTINA MARINEZ, titular de la cédula de identidad número 4.215.322, parte querellante, debidamente asistida por la abogada RITA ELIZA DAZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 17.546, acuerde el correspondiente Mandamiento de Ejecución de la sentencia definitivamente firme recaída en el presente proceso judicial; este Tribunal Superior, a los fines de proveer lo solicitado observa:
Que en fecha 15 de enero de 2015, este Juzgado acordó la ejecución forzosa de la sentencia dictada concediéndole al ente querellado el lapso de 60 días para el cumplimiento voluntario, conforme al artículo 87 del Decreto con Rango y fuerza de de la Ley de Reforma parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Ahora bien, este Tribunal, indica a la parte recurrente que una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, al Tercer (3er) día de Despacho siguientes, se librara el correspondiente Mandamiento de Ejecución, para dar así poder inicio con la ejecución forzosa de la sentencia.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.


Exp. No. DE01-G-2010-000228
ANTIGUO 10.131
MGS/SR/me.