REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO


Maturín, 21 de Mayo de 2015.
204º y 156º

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado el 15/05/2015, por el abogado Edson Canache Jiménez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.317.812, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.033, en su carácter de Defensor Publico Primero en Materia Agraria del Estado Anzoátegui, representando judicialmente a la ciudadana ROJAS ORTIZ, MILAGROS DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.504.332, parte demandante, este Juzgado Superior Agrario a los fines de proveer sobre su admisión, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: En relación a las pruebas “DOCUMENTALES” promovidas contenidas en los numerales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13, del referido escrito de pruebas, se admiten cuanto ha lugar en derecho, por no ser las mismas manifiestamente ilegales e impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, y se advierte asimismo a la parte promovente, que ésta pruebas serán analizadas y valoradas en su debida oportunidad.
SEGUNDO: En cuanto a la prueba de experticia se acuerda oficiar al Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral con sede en el Municipio Libertad, Estado Anzoátegui, para la designación de a un Ingeniero Agrónomo, a los fines que realice experticia en la cual se determine: PRIMERO: las coordenadas satelitales UTM, que corresponden al predio PALO QUEMAO, conforme a la documentación aportada en el presente expediente; SEGUNDO: el solapamiento del predio TRAGAVENADO, con coordenadas UTM; TERCERO: que existe laguna que corresponde al predio PALO QUEMAO; para lo cual se acuerda oficiar al referido Instituto. Líbrese oficio y despacho de comisión.
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.
La Secretaria,

MARIA LUISA VELANDIA
Exp. 0323-2014
LJM/mlv/fernando