REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

La Victoria Trece (13) de Mayo de Dos Mil Quince (2015)
205° y 156°

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MARIA MANUELA GONZALEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.119.497, vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: Silva Perdomo José Nicolás, venezolano, mayor edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Número V-8.581.158, domiciliado en Calle La Línea Nº 20 El Consejo del Estado Aragua y Santana Pulido María José, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V-25.525.637, domiciliada en Calle Urdaneta Nº 17 El Consejo del Estado Aragua. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana MARIA MANUELA GONZALEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.119.497, sobre unas bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad del Municipio; situado en el Callejón Socorro Acosta de Sánchez, Número Cívico 9, Casco Central, nro. Catastral05-06-00-U01-01-01-16, El Consejo, Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua; y comprendido dentro de los linderos descritos y determinados en la presente solicitud. Devuélvanse los originales de estas actuaciones a la parte interesada conforme lo pi, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Y expídanse las copias que sean solicitadas por la solicitante. CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR

DRA. EMMA CONSTANZA GARCÍA BELLO

LA SECRETARIA
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Doce (12) folios útiles, al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-

LA SECRETARIA
ABG. MARIA VERONICA DIAZ RAMOS
ECGB/MVDR/Ana
Sol Nº 21-15
TÍTULO SUPLETORIO