Visto el contenido de la diligencia que riela al folio 19, del expediente, de fecha 05 de Mayo de 2015, suscrita por la abogada ESTHER CLEMENTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.025.848, I.P.S.A. Nro. 78.638, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana YANETZY SARAIM FLORES TERAN, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.343.242, facultad que consta a los autos a los folios desde el seis (06) al ocho (08), quien demanda a la entidad de trabajo CENTRO MÉDICO EL LIMÓN, C.A., en el cual manifiesta que DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO por demanda de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

Este Juzgado, luego de realizar una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente asunto, observa que quien efectúa el aludido desistimiento es la apoderada judicial de la parte actora la ciudadana YANETZY SARAIM FLORES TERAN, quien además se encuentra plenamente facultado para disponer del derecho en este asunto, tal como se pudo verificar del contenido del Poder Judicial que riela a los autos.