Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR la presente demanda y SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada en ejercicio DORIS DEL V. ZABALETA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Empresa Mercantil GERENCIA 2000, C.A., en contra de la decisión emitida en fecha 10 de abril de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el juicio de INDEMNIZACION DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑO MORAL, llevado por las ciudadanas LUISA VIRNEIDA TAITA y DARIANNY VIRGINIA ROSALES TAITA. En los términos expresados se RATIFICA la decisión apelada en los términos expresados up supra.

En consecuencia, se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.