ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-002646
PARTE ACTORA: WILFREDO JESUS CANACHE HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EVARISTO GUILLERMO GRATEROL MORENO
PARTE DEMANDADA: TOYO OESTE C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COSNTITUYO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy cuatro (04) de noviembre de dos mil quince (2015), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que las partes no comparecen a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205 °.
El Juez Titular
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
El Secretario
Abg. Elvis Flores
En esta misma fecha (04/11/2015) se registró y publicó la presente decisión.-
El Secretario
Abog. . Elvis Flores